Articulo 11 bis RD. 1726/2007, de 21 de diciembre, Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
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»Artículo 11 bis. Funciones de la Presidencia.
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Corresponde al titular de la Presidencia las siguientes funciones:
a) La alta representación y gobierno del Organismo.
b) Asumir la presidencia del Consejo Rector y el ejercicio de las funciones inherentes a la misma.
c) Ejercer la superior dirección del organismo y de su personal, en los términos previstos en las disposiciones vigentes.
d) Cualesquiera otras que le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.
Modificaciones
- Artículo modificado (se añade) por Real Decreto 466/2026, de 10 de junio, de adaptación de organismos públicos existentes en el ámbito estatal a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. (BOE de 12-06-2026) en vigor desde 13-06-2026

