Articulo 11 para la contr... -Vigente-

Articulo 11 para la contratación socialmente responsable y mediambientalmente sostenible en el Consell Insular de Menorca -Vigente-

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Artículo 11. Contratos reservados para centros especiales de empleo de iniciativa social, empresas de inserción, y programas de empleo protegido

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1. De acuerdo con la disposición adicional 4ª de la Ley 9/2017, el Consejo Insular de Menorca fija un Minmi de un 1% la reserva del derecho a participar en los procedimientos de adjudicación de determinados contratos públicos o lotes de estos contratos a los centros especiales de empleo de iniciativa social, a las empresas de inserción o programas de empleo protegido.

La determinación del porcentaje y de los contratos que se califiquen como reservados se llevará a cabo a través del plan anual de contratación pública del Consejo Insular de Menorca.

2. Este porcentaje, en el caso de que resulte más esclarecedor, se podrá sustituir por una cantidad concreta. A la hora de calcularlo se tomará como referencia el valor estimado anual destinado a nuevas contrataciones que correspondan a prestaciones adecuadas a las actividades de los centros especiales de empleo, las empresas de inserción y los programas de empleo protegido.

3. La calificación como contrato reservado se citará en el anuncio de licitación y debe constar en el expediente administrativo, así como también será citado en el objeto y en el título del contrato.

4. Pueden participar en las licitaciones reservadas, sin ningún límite de objeto contractual, ni cuantía, ni procedimiento, las entidades calificadas y registradas como centros especiales de empleo de iniciativa social, las empresas de inserción o programas de empleo protegida.