Articulo 11 Cooperación p... de Aragón

Articulo 11 Cooperación para el Desarrollo de Aragón

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Artículo 11. Naturaleza.

Vigente

Se crea la Comisión Autonómica de Cooperación para el Desarrollo como órgano de coordinación y colaboración entre las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de

Aragón que ejecuten gastos computables como cooperación para el desarrollo.