Articulo 11 otras criterios que informan el Plan de Control Tributario para 2015 de Murcia
11.- Otras líneas de actuación.
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Con independencia de los planes de control señalados anteriormente, se podrán realizar otras actuaciones de control no encuadradas estrictamente en alguna de esas categorías, basadas en criterios de riesgo fiscal, oportunidad, aleatoriedad u otros que se estimen pertinentes. En concreto, se realizarán diligencias de colaboración mutua con la Agencia Estatal de Administración Tributaria en todas aquellas operaciones cuya trascendencia tributaria así lo exija. Asimismo, se profundizará en los intercambios de información y acceso de las bases de datos de ambas Administraciones.
Finalmente, se acometerá cualquier otra línea de colaboración que se acuerde en el Consejo Superior para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, dentro del marco general de participación en el Plan General de Control Tributario de la AEAT para el año 2015.
Murcia a 16 de febrero de 2015.- El Director de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, Isaac Sanz Brocal
NPE: A-030315-2555
