Articulo 11 D 584/1972, d...ronáuticas

Articulo 11 D. 584/1972, de 24 de febrero, Servidumbres aeronáuticas

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Artículo undécimo.

Vigente

Constituyen las servidumbres de las instalaciones radioeléctricas aeronáuticas aquellas que son necesarias establecer para garantizar su correcto funcionamiento, del que depende en gran parte la regularidad del tráfico aéreo.