Artículo 11. Decreto 15/2026, de 25 de feb., Madrid
Artículo 11. Libro de inscripciones
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El registro llevará un Libro de inscripciones de Centros Especiales de Empleo que tendrá carácter electrónico.
2. En el Libro de inscripciones constarán, al menos, los siguientes datos:
a) Denominación, NIF (número de identificación fiscal) del titular y número de registro asignado, con mención, en su caso, a su naturaleza de Centro Especial de Empleo de iniciativa social, en los términos previstos en el artículo 43.4 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
b) Fecha de la resolución de calificación, así como de las comunicaciones y resoluciones posteriores.
c) Domicilio social y datos de contacto.
d) Forma jurídica.
e) Descripción del objeto social.
f) Actividad o actividades comprendidas en la calificación.
g) Centro o centros de trabajo con indicación de su dirección.
h) Representante legal.
3. Las siguientes variaciones de los datos registrales deberán ser comunicadas en el plazo máximo de un mes desde la fecha en que se produzcan a efectos de que se realicen las modificaciones correspondientes en el libro de inscripciones:
a) Cambio de denominación.
b) Cambio de titularidad que dará lugar al procedimiento previsto en el artículo 12.
c) Transmisión de acciones y participaciones sociales.
d) Modificación del objeto social.
e) Modificación, baja o ampliación de las actividades económicas comprendidas en la calificación.
f) Enclaves laborales formalizados por los Centros Especiales de Empleo en los términos establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, junto a la relación del personal con discapacidad que forman el enclave laboral y, en su caso, las posteriores modificaciones que hubiese podido sufrir en su composición.
g) Cambio de domicilio social.
h) Cambio en la localización del centro de trabajo y apertura y cierre de centros de trabajo dentro de la Comunidad de Madrid.
i) Cambio del representante legal.
j) Cambio de los datos de contacto.
k) Modificación de las condiciones determinantes de la consideración como Centro Especial de Empleo de iniciativa social.
l) Otras incidencias que afecten a los elementos esenciales de la calificación.
4. La alteración de los datos registrales se realizará previa solicitud con arreglo al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, y que se dirigirá a la dirección general competente en materia de fomento y promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad, acompañada de la documentación acreditativa correspondiente.
