Articulo 11 denominacion,...e Cataluña

Articulo 11 denominacion, simbolos y registro de entes locales de Cataluña

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Artículo 11. Denominación oficial.

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La denominación oficial de las entidades municipales descentralizadas es la que establece el decreto por el que se aprueba su constitución, la cual figura inscrita en el Registro de entes locales de Cataluña.