Articulo 11 Deporte de Andalucía -Derogada-
- Norma derogada excepto su Título VII, que seguirá vigente hasta tanto no entre en vigor el desarrollo reglamentario del Título IX de la Ley 5/2016, de 19 de julio. - Decreto-ley 2/2017, de 12 de septiembre, por el que se modifica la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucia.
Ver Indice
»Artículo 11. Instituto Andaluz del Deporte.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El Instituto Andaluz del Deporte es el órgano que ejerce las competencias de la Consejería sobre formación deportiva y de investigación, estudio, documentación y difusión de las ciencias de la actividad física y el deporte que reglamentariamente se determinen.
2. La organización y régimen de funcionamiento del Instituto Andaluz del Deporte se regirán por las correspondientes normas reglamentarias.
