Articulo 11 desarrollo informatico Hacienda y Empleo, por la que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonoma de Aragon, en desarrollo del Decreto 82/2006, de 4 de abril, del Gobierno de Aragon, por el que se crea el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonoma de Arag
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1.-La gestión del Registro de Licitadores se llevará a cabo mediante la aplicación informática desarrollada por la Intervención General. La información se recogerá, tratará y emitirá por medios telemáticos que se acomodarán a lo dispuesto en elDecreto 82/2006, de 20 de abril, a esta Orden y a las medidas de coordinación que se desarrollen.
2.-El Servicio responsable del mantenimiento y explotación del Registro, conservará copia, preferentemente en formato electrónico, de los documentos sobre los que se basen los certificados expedidos.
