Articulo 11 el que se det...l Edificio

Articulo 11 el que se determina el modelo, las formalidades y contenido del Libro del Edificio

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Artículo 11. Contenido de la documentación técnica de la obra ejecutada.

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En el momento de la recepción de las obras el Director de la misma facilitará al Promotor la siguiente documentación:

1. El Proyecto Final, según los términos del artículo 3.11 de la Ley de Calidad, Promoción y Acceso a la vivienda, visado.

2. Las instrucciones de uso y de mantenimiento, generales y particulares, así como las instrucciones para las actuaciones de prevención de riesgo y seguridad, tanto del edificio como de cada unidad de ocupación, debidamente visadas por el Colegio Oficial correspondiente.

3. De forma separada se deberá recoger en planos las previsiones, soluciones constructivas, medidas y dispositivos pertinentes para posibilitar la localización, control, regulación y registro de las redes e instalaciones y el acceso, en condiciones de seguridad, a los elementos constructivos e instalaciones que requieran revisiones y mantenimientos periódicos o que hayan de ser objeto de obras de reparación o conservación posteriores, que no vengan expresamente recogidos en el Proyecto de Ejecución o hayan sufrido modificaciones sobre las previsiones de aquél.

4. El Certificado de eficiencia energética del edificio terminado, al menos por duplicado.