Articulo 11 Disposiciones específicas en materia de Seguridad Social
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»Artículo 11. Ingreso de cuotas fuera de plazo.
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Se modifica el apartado 3 del artículo 113 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, que queda redactado en los términos siguientes.
«3. El ingreso de las cuotas fuera de plazo reglamentario se efectuará con arreglo al tipo de cotización vigente en la fecha en que las cuotas se devengaron.»
