Articulo 11 Estatuto de l...Valenciana

Articulo 11 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 11. El Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Se crea el Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, como órgano colegiado de consulta y asesoramiento de la Generalitat en materia de protección y defensa de los consumidores, adscrito a la conselleria competente en materia de consumo.

2. El Consejo de Consumidores y Usuarios, además de funciones de asesoramiento, realizará el seguimiento y valoración de la evolución del sistema de protección de los consumidores de la Comunitat Valenciana, elaborando estudios, informes y propuestas normativas o de actuación que considere de interés para los consumidores.

3. El Consejo de Consumidores y Usuarios tiene también la naturaleza de órgano de participación y representación de los consumidores a través de sus organizaciones y asociaciones. Reglamentariamente se establecerá su composición, funciones y régimen de funcionamiento.