Articulo 11 Estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental -Derogado-
Artículo 11. El Comité Técnico Asesor
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1. El Comité Técnico Asesor es el órgano que desarrolla funciones de asesoramiento técnico y científico en el Centro de Coordinación Operativa, basado en la información que le llegue de los grupos operativos de respuesta y de las unidades de apoyo.
2. El Comité Técnico Asesor estará integrado por personal de la Administración autonómica con competencia técnica en función de la naturaleza de la emergencia. Asimismo, podrán formar parte de este comité representantes de las universidades gallegas, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y del Instituto Español de Oceanografía con sede en Galicia.
3. Cuando la naturaleza de la emergencia o catástrofe lo requiera, el/la presidente/a o el/la director/a del Plan podrá determinar que formen parte del Comité Técnico Asesor otros miembros con competencia técnica en la materia distintos de los prescritos en este artículo.
4. Para poder formar parte de este comité, en el caso de las universidades gallegas y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y del Instituto Español de Oceanografía con sede en Galicia, estos deberán nombrar un/una representante y comunicarlo a la consellería competente en materia de asuntos marítimos y lucha contra la contaminación marina accidental.
