Articulo 11 Para la igual...s estables

Articulo 11 Para la igualdad juridica de las parejas estables

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Artículo 11. Régimen sucesorio.

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(ARTÍCULO DECLARADO NULO)

Se introducen las siguientes modificaciones en la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo.

1. Se añade un segundo párrafo a la Ley 253 con la siguiente redacción: "Se considera equiparada a estos efectos a la situación del cónyuge viudo el miembro sobreviviente en caso de fallecimiento del otro miembro de una pareja estable reconocida por la Ley".

2. Se modifica el apartado 5 de la Ley 304 que queda redactado como sigue: "5. El cónyuge o pareja estable no excluido del usufructo de fidelidad conforme a la Ley 254".

3. Se modifica la Ley 341 que queda redactada como sigue: "No pueden ser contadores-partidores el heredero, el legatario de parte alícuota, el cónyuge viudo o el miembro sobreviviente de pareja estable por Ley".