Articulo 11 Impuestos sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera, sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear
Ver Indice
»Artículo 11. Objeto
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria grava la emisión a la atmósfera de las sustancias a las que se refiere el artículo 12, con la finalidad de incentivar conductas más respetuosas hacia el medio ambiente atmosférico y conseguir una mejor calidad del aire, generadas en las siguientes instalaciones.
a) Las instalaciones industriales clasificadas en el anexo I.1 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
b) Las instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal superior a 20 megavatios térmicos.
