Artículo 11. Ley 1/2026, de 26 de marzo, Castilla-La Mancha
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»Artículo 11. Modificación de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de medidas económicas, sociales y tributarias frente a la despoblación y para el desarrollo del medio rural en Castilla-La Mancha.
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El apartado 5 del artículo 46, queda redactado en los siguientes términos:
"5. El título habilitante de transporte sensible a la demanda, de competencia autonómica, será el previsto en el artículo 32 de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha".
