Articulo 11 Mecenazgo y modificación del D. Leg. 1/2010, de 5 de noviembre ?TR disposiciones legales vigentes en materia de tributos cedidos?
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»Artículo 11. Incentivos fiscales de las donaciones y demás aportaciones de naturaleza análoga.
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Las aportaciones que tengan la consideración de donación o análoga naturaleza para la promoción de un proyecto cultural, artístico, social, medioambiental, científico-tecnológico o deportivo no profesional, tendrán una deducción del 50 por ciento de las cantidades donadas a efectos tributarios en la cuota autonómica del IRPF.
