Articulo 11 de Medidas ex... en Madrid

Articulo 11 de Medidas extraordinarias por COVID-19 en materia de Formación Profesional para el Empleo en Madrid

Ver Indice
»

Undécimo. Cambio de la modalidad de impartición de certificados de profesionalidad en modalidad presencial a modalidad teleformación por el COVID-19

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El cambio de la modalidad presencial por la modalidad teleformación en la impartición de acciones de formación profesional para el empleo, dirigidas tanto a trabajadores desempleados como a trabajadores ocupados para la obtención de certificados de profesionalidad, podrán solicitarlo las entidades que cumplan los requisitos que establece la Orden de 21 de marzo de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que acuerdan medidas en materia de formación profesional para el empleo ante la suspensión temporal de las acciones de formación presenciales como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19) y que estén debidamente acreditadas para impartir ese mismo certificado de profesionalidad en modalidad teleformación.