Articulo 11 Medidas Financieras y Administrativas 2012 C. León
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»Artículo 11. Modificación del artículo 19 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León.
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Se modifica el apartado 2 del artículo 19 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla y León, quedando redactado en los siguientes términos.
«2. Salvo que una norma con rango de ley dictada por el Estado disponga lo contrario, las exenciones y bonificaciones aplicables a los precios públicos se establecerán teniendo en cuenta la capacidad económica de los obligados al pago, y en el supuesto de resultar necesario, previa adopción de las previsiones presupuestarias precisas para la cobertura de la parte de coste subvencionada.»
