Articulo 11 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2006 de la Generalitat
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»Artículo 11.
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Se modifica el artículo Sexto de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de La Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, que queda redactado de la forma siguiente:
Artículo sexto. Escala autonómica.
Las distintas bases liquidables del impuesto correspondientes a la unidad familiar cuyos miembros hayan optado por la tributación conjunta serán gravadas a los tipos de gravamen que, para cada una de ellas, establezca la normativa estatal reguladora del impuesto a los efectos de la determinación del gravamen autonómico.
