Artículo 11 medidas tributarias 2024 Bizkaia
Artículo 11. Modificación de la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
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Se modifica la disposición adicional segunda de la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que queda redactada en los siguientes términos:
«Segunda. Parejas de hecho.
A los efectos de esta Norma Foral, las referencias que se efectúan a las parejas de hecho se entenderán realizadas a las constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley del Parlamento Vasco 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.
Asimismo, se entenderá que dichas referencias comprenden también a las parejas de hecho constituidas e inscritas de forma análoga en registros públicos tanto de otras comunidades autónomas como de otros Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de países terceros.
Del mismo modo, las referencias realizadas a las relaciones de parentesco por afinidad incluirán aquellas relaciones que deriven de la constitución de la pareja de hecho».
