Artículo 11 medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal
- Norma convalidada el 19 de noviembre de 2025. - Resolución 461/XV del Parlamento de Cataluña, de convalidación del Decreto ley 21/2025, de medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal
Artículo 11. Justificación y verificación
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11.1 La modalidad de justificación de las ayudas establecidas en los artículos 2 y 4 es por módulos, conforme a lo que establece el capítulo III de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
11.2 La modalidad de justificación de las ayudas establecidas en los artículos 3, 5, 6 y 7 es mediante una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, conforme al artículo 4 del Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
11.3 La propuesta de pago de la subvención se hace con una certificación previa según la que la actividad y el gasto realizados están justificados debidamente. A los efectos de lo que establece el artículo 15.2 de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones, la resolución de convocatoria indicará el órgano en el que se delega la competencia para hacer la certificación mencionada.
