Articulo 11 Medios personales y materiales necesarios para la celebración de Elecciones al Parlamento
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»Artículo 11. Otros gastos.
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La entrega de las papeletas y sobres y el resto del material electoral a las mesas electorales se realizará en coordinación con la Administración del Estado, para lo cual la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior colaborará económicamente en los gastos de distribución del citado material, en la cantidad que acuerden los titulares de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y de la Delegación de Gobierno.
