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Articulo 11 modelo 181 de... inmuebles

Articulo 11 modelo 181 de declaracion informativa de prestamos y creditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles

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Artículo 11. Procedimiento para la presentación telemática por teleproceso del modelo 181.

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1. La presentación telemática por teleproceso del modelo 181, se ajustará a lo dispuesto en la Orden de 21 de diciembre de 2000, por la que se establece el procedimiento para la presentación telemática por teleproceso de las declaraciones correspondientes a los modelos 187, 188, 193, 194, 196, 198, 296, 345 y 347.

2. En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación telemática por teleproceso de la declaración de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, modelo 181, en el plazo a que se refiere el artículo 6 de esta Orden, dicha presentación podrá efectuarse durante los tres días naturales siguientes al de finalización del mencionado plazo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2009 en vigor desde 01-01-2010