Articulo 11 Modificación ...no electos

Articulo 11 Modificación de la Ley 1/2022, de Transparencia y Buen Gobierno, y de la Ley 8/2016, de Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de personas con cargos públicos no electos

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Artículo 11

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Se sustituye el texto del apartado 2 del artículo 49 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana, por el siguiente:

«2. Las candidaturas serán propuestas por los grupos parlamentarios, de acuerdo con el procedimiento establecido por Les Corts Valencianes, de entre personas expertas en el ámbito de las funciones del Consejo Valenciano de Transparencia, de competencia y prestigio reconocidos en los ámbitos del derecho público o de la administración pública y que cuenten con más de diez años de experiencia profesional.

Después de la comparecencia de las personas candidatas en la comisión parlamentaria correspondiente, serán elegidas por el Pleno de Les Corts Valencianes por mayoría de tres quintas partes y, posteriormente, nombradas por decreto del presidente de la Generalitat.

En el caso de que, tras sucesivas votaciones, y en el plazo de dos meses desde la primera votación, no se hubiera alcanzado el consenso necesario, tras la correspondiente comparecencia de los nuevos candidatos, podrá ser aprobada por la mayoría absoluta del Pleno de Les Corts.»