Articulo 11 Movilidad sos...de Euskadi

Articulo 11 Movilidad sostenible de Euskadi

Ver Indice
»

Artículo 11.- Fomento de la educación y concienciación en materia de movilidad sostenible.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco fomentarán el desarrollo y puesta en práctica de políticas en materia de educación y divulgación desde el punto de vista de la movilidad sostenible, con el fin de concienciar a la ciudadanía de su necesidad y respeto.