Articulo 11 Municipal y d... I Balears

Articulo 11 Municipal y de régimen local de I. Balears

Ver Indice
»

Artículo 11. Supuestos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El término municipal puede ser alterado en los siguientes supuestos:

a) Para la creación de un nuevo municipio, por fusión de dos o más municipios limítrofes, o bien por segregación de parte de uno o más municipios para constituir otro independiente.

b) Para la supresión de uno o más municipios mediante su incorporación a otro limítrofe.

c) Para la segregación de parte de uno o más municipios, cuyo término municipal se reduce, y su agregación a otro limítrofe, cuyo término municipal resulta ampliado.