Articulo 11 Norma-Marco sobre Estructura, Organizacion y Funcionamiento de los Cuerpos de Policia Local
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»Artículo 11. Transmisión de órdenes, informes y solicitudes.
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La transmisión de órdenes, informes, solicitudes y reclamaciones relativas al servicio se efectuará a través de los mandos inmediatos, quienes las tramitarán con la mayor diligencia en plazo no superior a diez días hábiles, con el informe sobre la pertinencia o no de acceder a lo solicitado o reclamado.
