Artículo 11 octies. Deducción destinada a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica y sus familiares.
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(NOTA: Artículo con efectos desde el 1 de enero de 2025)
1. Los contribuyentes que hayan sido diagnosticados con esclerosis lateral amiotrófica podrán deducirse 2.000 euros de la cuota íntegra autonómica.
2. También podrán aplicar esta misma deducción los contribuyentes:
a) cuyo cónyuge o pareja de hecho, siempre que convivan con él o estén a su cargo, haya sido diagnosticado con esta enfermedad;
b) cuyo descendiente o ascendiente, que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente, haya sido diagnosticado con esta enfermedad.
3. Cuando sean varios los contribuyentes con derecho a la deducción respecto de una misma persona, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Modificaciones
- Modificación realizada (11 octies) por Ley 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
(E de 07-04-2025) en vigor desde 08-04-2025 - Artículo modificado (11 octies (se añade)) por Decreto-ley 1/2025, de 23 de enero, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
(E de 28-01-2025) en vigor desde 29-01-2025
