Articulo 11 de Política d...del Estado

Articulo 11 de Política de seguridad de los sistemas de información de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Intervención General de la Administración del Estado

Ver Indice
»

Undécimo. Administrador de Red.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Cada Administrador de Red será el responsable de la aplicación, en su ámbito de actuación, de la presente resolución y de sus normas de desarrollo, bajo la dependencia del Responsable de Centro que lo designara. Para esta misión el Administrador de Red actuará de acuerdo con las instrucciones, procedimientos y herramientas de carácter técnico que establezcan los SIP.

Las funciones y obligaciones del Administrador de Red en materia de seguridad serán:

a) Instrumentar las solicitudes de acceso a la red de los nuevos usuarios autorizados.

b) Realizar el mantenimiento y actualización del inventario de usuarios con acceso permitido a la red departamental.

c) Obtener periódicamente y, al menos una vez al año, a través de los medios puestos a su disposición por los SIP, estadística de accesos realizados por los usuarios de la red departamental a los sistemas de información.

d) Mantener y custodiar la información necesaria sobre la autorización y denegación del acceso de cada uno de los usuarios a la red, como mínimo, el puesto de trabajo, el responsable de la autorización y anulación de los accesos, la fecha de autorización o denegación, al menos durante 2 años.

e) Informar de los incidentes relativos a la seguridad de la información, según los procedimientos establecidos para tal fin.