Articulo 11 Presupuestaria de las Entidades Locales del THB
Artículo 11. Estructura Económica
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(NOTA: Con efectos desde el 1 de enero de 2016)
1. Los estados de ingresos y gastos contenidos en los Presupuestos se presentarán de acuerdo con una estructura contable determinada en base a la naturaleza económica de los mismos.
La estructura económica de los estados de gastos distinguirá entre créditos para operaciones corrientes, créditos para operaciones de capital y créditos para operaciones financieras.
Los créditos para operaciones corrientes incluirán los de personal, los de bienes corrientes y servicios, los gastos financieros, las transferencias subvenciones corrientes y el crédito global y otros imprevistos.
Los créditos para operaciones de capital distinguirán los de inversiones reales, y las transferencias y subvenciones de capital.
Los créditos para operaciones financieras incluirán los de activos y pasivos financieros.
La estructura económica del Estado de Ingresos distinguirá las previsiones por operaciones corrientes, por operaciones de capital y por operaciones financieras.
Las previsiones por operaciones corrientes incluirán los impuestos directos, impuestos indirectos, tasas y otros ingresos, las transferencias y subvenciones corrientes y los ingresos patrimoniales.
Las previsiones por operaciones de capital distinguirán las enajenaciones de inversiones reales, las transferencias y subvenciones de capital.
Las previsiones por operaciones financieras incluirán los activos y pasivos financieros.
2. La estructura contable del balance previsional, la cuenta de pérdidas y ganancias previsional y el estado previsional de cambios en el patrimonio neto se adaptará a las normas de contabilidad aplicables a la entidad correspondiente.
- Artículo modificado (11) por NORMA FORAL 8/2015, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2016.
(BI de 31-12-2015) en vigor desde 31-12-2015
