Articulo 11 Presupuestaria de las entidades locales del THG
Artículo 11. Estructura económica.
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1. Los estados de ingresos y gastos contenidos en los presupuestos se presentarán de acuerdo con una estructura contable determinada en base a la naturaleza económica de los mismos.
La estructura económica de los estados de gastos distinguirá entre créditos para operaciones corrientes, créditos para operaciones de capital y créditos para operaciones financieras.
Los créditos para operaciones corrientes incluirán los de personal, los de bienes corrientes y servicios, los gastos financieros, las transferencias y subvenciones corrientes y el crédito global y otros imprevistos.
Los créditos para operaciones de capital distinguirán los de inversiones reales y las transferencias y subvenciones de capital.
Los créditos para operaciones financieras incluirán los de activos y pasivos financieros.
La estructura económica del estado de ingresos distinguirá las previsiones por operaciones corrientes, por operaciones de capital y por operaciones financieras.
Las previsiones por operaciones corrientes incluirán los impuestos directos, impuestos indirectos, tasas y otros ingresos, las transferencias y subvenciones corrientes y los ingresos patrimoniales.
Las previsiones por operaciones de capital distinguirán las enajenaciones de inversiones reales y las transferencias y subvenciones de capital.
Las previsiones por operaciones financieras incluirán los activos y pasivos financieros.
2. La estructura contable del balance previsional, la cuenta de pérdidas y ganancias previsional y el estado previsional de cambios en el patrimonio neto se adaptará a las normas de contabilidad aplicables a la entidad correspondiente.
- Artículo modificado (11) por NORMA FORAL 8/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2016.
(SS de 30-12-2015) en vigor desde 01-01-2016
