Articulo 11 Racionalizaci...autonómico

Articulo 11 Racionalización del sector público autonómico

Ver Indice
»

Artículo 11. Protocolos de coordinación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los órganos superiores y de dirección de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y los órganos de gobierno y ejecutivos de las entidades instrumentales que integran el sector público autonómico podrán formalizar entre sí protocolos de coordinación en aquellas materias en que exista interrelación competencial o funcional.

2. Los protocolos no afectarán a las competencias y responsabilidades de los órganos o entidades intervinientes y tendrán una naturaleza meramente coordinadora de sus actuaciones.