Artículo 11 Reforma del sistema tributario del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y otras modificaciones tributarias
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»Artículo 11. Modificación del Decreto Foral Normativo 1/1993 de 20 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Actividades Económicas.
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Con efectos desde 1 de enero de 2026 se añade un guion a la letra d) del artículo 12.1 del Texto Refundido del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobado por el Decreto Foral Normativo 1/1993 de 20 de abril, con el siguiente contenido:
«-Desarrollen una actividad económica cuyo objeto se encuentre directamente vinculado con la economía circular.
A estos efectos, se entenderá que el objeto de una actividad económica se encuentra directamente vinculado con la economía circular si la actividad económica tiene por objeto la valorización de residuos.»
