Articulo 11 Régimen fiscal foral de las cooperativas
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»Artículo 11. Ámbito de aplicación.
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Las normas contenidas en este Capítulo serán de aplicación a todas las cooperativas que se hallen regularmente constituidas e inscritas en el correspondiente Registro de Cooperativas, aun en el supuesto de que incurran en alguna de las causas de pérdida de la condición de cooperativa fiscalmente protegida.
