Articulo 11 del Registro y gestión de apoderamientos y de sucesiones y represent...a Agencia Tributaria
Articulo 11 del Registro ...Tributaria

Articulo 11 del Registro y gestión de apoderamientos y de sucesiones y representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Undécimo. Comprobación del contenido de los documentos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El funcionario que proceda a dar de alta en el Registro deberá solicitar, en caso de duda razonable, dictamen del Servicio Jurídico sobre la suficiencia de los documentos aportados para acreditar el fallecimiento y sucesión de la persona física, la extinción y sucesión de la persona jurídica o entidad carente de personalidad jurídica a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, o para acreditar la representación legal de las personas carentes de capacidad de obrar a que se refiere el apartado noveno.

En caso de que se adviertan defectos u omisiones en los documentos aportados se comunicará al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o aporte los documentos necesarios, con indicación de que, si así no lo hiciera, se procederá al archivo de las actuaciones, considerando que el interesado desiste de su petición.