Articulo 11 Reglamento de...ropolitano

Articulo 11 Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano

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Artículo 11. La Comisión Ejecutiva

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1. El Consejo formará una Comisión Ejecutiva integrada por un máximo de seis personas, de las que tres serán designados por la Generalitat, dos por el Ayuntamiento de València y uno por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. Contará, asimismo, con una Secretaría.

2. La Presidencia de la Comisión, que tendrá el voto dirimente en caso de empate, recaerá en una de las vocalías designadas por la Generalitat.

3. A la Comisión Ejecutiva le corresponde:

a) La preparación, propuesta y seguimiento de los trabajos que corresponda conocer al Consejo de Administración.

b) Resolver aquellos asuntos que le sean delegados por el Consejo de Administración.

4. La Secretaría de la Comisión Ejecutiva corresponderá a la persona que ostente la Secretaría del Consejo de Administración, quien asistirá a sus sesiones con voz pero sin voto.

5. La Comisión aprobará las normas de funcionamiento que regirán sus sesiones, de conformidad con lo dispuesto en las normas sobre régimen jurídico del sector público.