Articulo 11 Reglamento de..., de Pesca

Articulo 11 Reglamento de desarrollo de la Ley 2/2006, de Pesca

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Artículo 11. Oferta pública de permisos de pesca.

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La Consejería competente, en función de los Planes Técnicos de los Cotos de Pesca, y de lo regulado en los artículos 14, 21.3 y 21.4 de este Reglamento, determinará el número de permisos disponibles para ofertar públicamente en cada temporada y los criterios para su distribución.