Articulo 11 Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León
Artículo 11. Personal de organización.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El personal de organización estará integrado por los servicios municipales y, en su caso, por personal de la empresa organizadora, y tendrá como principales funciones:
Colaborar con el presidente en el ejercicio de sus funciones.
La organización general del mismo.
Velar por el correcto desarrollo en su celebración.
Comprobar antes del comienzo del espectáculo que las vías urbanas se encuentran aisladas en las condiciones previstas para evitar que se desmanden las reses, así como que dichas vías están libres de obstáculos que dificulten el paso de las reses y de los intervinientes .
Colaborar con el personal de orden en el ejercicio de sus funciones.
2. El organizador podrá, en función de la entidad del espectáculo, designar un director técnico que será el encargado de la efect vidad y coordinación de las funciones de organización.
