Articulo 11 Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación
Articulo 11 Reglamento Eu...municación

Articulo 11 Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 11. Secretaría del Comité

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Comité estará asistida por una secretaría. La Comisión prestará los servicios de secretaría, teniendo en cuenta las necesidades indicadas por el Comité. La secretaría contará con los recursos adecuados para el desempeño de sus funciones.

2. La principal función de la secretaría será contribuir a la ejecución independiente de las funciones del Comité establecidas en el presente Reglamento y en la Directiva 2010/13/UE. La secretaría actuará siguiendo únicamente las instrucciones del Comité en lo que respecta a sus funciones con arreglo al presente Reglamento.

3. La secretaría facilitará apoyo administrativo y organizativo al Comité en lo que respecta a sus actividades. Asimismo, asistirá al Comité de forma sustancial en el desempeño de sus funciones.