Articulo 11 Reglamento de...-Derogado-

Articulo 11 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no residentes de Bizkaia -Derogado-

Ver Indice
»

Artículo 11. Condición de contribuyente por este impuesto.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de que la opción suponga, en su caso, una tributación efectiva calculada en función de las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, las personas físicas a las que resulte de aplicación el régimen opcional regulado en el presente capítulo no perderán, en ningún caso, su condición de contribuyente por este Impuesto. En consecuencia, estarán sujetas al cumplimiento de todas las obligaciones que al respecto les sean exigibles en virtud de lo dispuesto en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.