Artículo 11 Reglamento de Régimen Interior de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Ver Indice
»Artículo 11. Régimen retributivo.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los miembros del Consejo percibirán las retribuciones fijadas por la persona titular del Ministerio de Hacienda de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido para los Altos Cargos de Entes y Entidades de Derecho Público.
