Articulo 11 Reglamento por el que se regulan los criterios de selección, formaci...las Policías Locales
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Articulo 11 Reglamento por el que se regulan los criterios de selección, formación, promoción y movilidad para el personal de las Policías Locales

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Artículo 11.- Requisitos generales para el acceso libre.

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1. Para la admisión de las personas interesadas a las pruebas selectivas de acceso a los diferentes empleos y escalas de las policías locales canarias, en oposición o concurso-oposición libre, sin perjuicio de la acreditación del cumplimiento de las previsiones legales generales para el acceso a la función pública, habrán de estar en disposición de acreditar que se cumplen los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad y no exceder de la edad establecida para el pase a la situación de segunda actividad con destino antes de que finalice el plazo de presentación de instancias.

c) Cumplir las condiciones exigidas para ejercer las funciones policiales en los términos previstos legal y reglamentariamente. Este cumplimiento se hará constar mediante declaración responsable, incluyendo en particular el compromiso de portar y usar, en su caso, las armas y medios técnicos defensivos reglamentarios del cuerpo.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse cumpliendo condena de inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por resolución judicial. Será aplicable, sin embargo, el beneficio de la rehabilitación en los términos y condiciones establecidos legalmente. Dicho requisito se acreditará mediante declaración responsable.

e) Estar en posesión de la titulación académica oficial que corresponda al Subgrupo del Grupo de clasificación profesional del personal funcionario, en el que se encuadre el empleo y escala al que se aspire a acceder, o, en su defecto, estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso.

f) Estar en posesión del permiso de conducción de las categorías A2 y B (o equivalentes que los sustituyan) o estar en condiciones de obtenerlo antes de la toma de posesión como personal funcionario en prácticas.

g) Reunir las condiciones físicas necesarias para la realización de las pruebas físicas previstas en las bases de la convocatoria. Dicho requisito se acreditará mediante certificación médica oficial, previamente a la realización de las pruebas físicas, dentro de los 90 días anteriores a la realización de estas, a efectos de su validez. Dicho certificado médico indicará, además, que en el momento de su certificación la persona aspirante, a la vista de los antecedentes y observaciones realizadas, cumple inicialmente los requisitos exigibles para superar el reconocimiento médico.

h) Carecer de antecedentes penales o tenerlos cancelados.

i) Haber abonado, en su caso y según corresponda, conforme a las exenciones aprobadas, las tasas correspondientes a los derechos de examen, cuando así lo establezcan las bases de la convocatoria.

2. No será exigible estatura, ni índice de corpulencia, mínima ni máxima, sin que, en ningún caso, esta disposición pueda usarse para justificar no poseer las condiciones físicas necesarias para poder superar todas las pruebas físicas incluidas en la convocatoria y las bases para el ingreso en la policía local, conforme previene este Reglamento.

3. Todos los requisitos exigidos para la participación en las pruebas selectivas, salvo los expresamente exceptuados, deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, mantenerse durante todo el proceso selectivo y mantenerse en el momento del nombramiento como personal funcionario. Así mismo, en los términos previstos en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o norma que la sustituya, la Administración podrá consultar directamente el cumplimiento de los diferentes requisitos siempre que la persona solicitante no se oponga a ello. En caso de oposición, que podrá formalizarse a través del formulario de solicitud para este proceso, la persona interesada deberá aportar en el momento de presentación de su solicitud o cuando sea requerido para ello la correspondiente documentación.