Articulo 11 el que se regula la acreditacion de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificacion
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»Artículo 11. Organo acreditador de la Comunidad Foral de Navarra.
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1. El órgano acreditador de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación en la Comunidad Foral de Navarra será el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda. Al mismo le corresponderá la tramitación, concesión, cancelación o renovación de las acreditaciones. Para ello contará con la asistencia técnica del Laboratorio de Control de Calidad del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
2. Así mismo corresponde al órgano acreditador la tramitación de la inscripción de los laboratorios acreditados en Navarra en el Registro General de Laboratorios de Ensayos Acreditados dependiente del Ministerio de Vivienda.

