Articulo 11 el que se reg...del título

Articulo 11 el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título

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Artículo 11. Emisión de duplicados.

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1. En caso de extravío del título y a petición del interesado podrá emitirse un duplicado del mismo.

2. Asimismo podrán emitirse duplicados del carné individual de familia numerosa, a petición del interesado en los supuestos en que así se precise.