Articulo 11 relativo a la constitución de una agrupación europea de interés económico (AEIE)
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»Artículo 11
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La constitución y el cierre de la liquidación de una agrupación, con indicación del número, fecha y lugar de registro de ésta, así como de la fecha, lugar y título de la publicación, se publicarán en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, después de la publicación del boletín
previsto en el apartado 1 del artículo 39.
