Articulo 11 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
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»Artículo 11.
Vigente
1. El Cuerpo de Bomberos de la Generalidad tiene una estructura y una organización jerarquizadas, a través de los órganos del Departamento de Gobernación que se determinen por reglamento.
2. El Cuerpo de Bomberos de la Generalidad desarrolla las funciones de prevención y extinción de incendios y de salvamentos correspondientes a la Generalidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-05-1994 en vigor desde 19-05-1994