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Artículo 11 Simplificación Administrativa de Cantabria

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Artículo 11. Colaboración con organizaciones profesionales y sociales para la simplificación administrativa.

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1. La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la Consejería competente en materia de simplificación administrativa, promoverá la colaboración y adopción de acuerdos con organizaciones profesionales y sociales para la identificación, medición y reducción de cargas administrativas y simplificación de procedimientos.

2. Como forma de potenciar la participación activa de las organizaciones profesionales y sociales en la política de reducción de cargas administrativas y simplificación administrativa, se promoverán actuaciones para conocer el efecto que la normativa en general y los procedimientos en particular tienen sobre los colectivos a los que van dirigidos, con el fin de explorar vías de mejora.

Para la identificación de estas vías de mejora, se desarrollarán jornadas y foros de discusión con empresas, emprendedores, colegios profesionales y autónomos que permitan un contacto directo para conocer sus necesidades, impresiones y valoraciones, y en las que puedan manifestar directamente a la Administración sus propuestas de simplificación.

Estas actividades se realizarán tanto de forma presencial como a distancia, haciendo uso para ello de los medios electrónicos disponibles.

Los procedimientos identificados, así como las propuestas recibidas, serán distribuidos a los órganos gestores competentes por razón de la materia para su análisis y valoración de la viabilidad y puesta en práctica.