Articulo 11 Sistema de colaboración de los Circuitos Escénicos -Derogada-
Artículo 11. Preselección de los espectáculos de artes escénicas y musicales objeto de programación.
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1. Con anterioridad a la programación anual de los Circuitos Escénicos de Castilla y León, la comisión de profesionales a la que se refiere el apartado 2 de este artículo realizará una preselección entre los espectáculos de artes escénicas y musicales que se hayan inscrito en la aplicación informática ARES, servicio disponible en la web de Cultura de la Junta de Castilla y León (https://servicios.jcyl.es/ares/). En esa herramienta informática las compañías interesadas en representar sus espectáculos en los Circuitos Escénicos de Castilla y León deberán incluir los siguientes datos:
a) Datos del profesional o compañía de artes escénicas, con indicación de los datos de identificación personal que correspondan, dirección postal completa, teléfono, correo electrónico y breve descripción de su trayectoria.
b) Datos de la persona física o jurídica a efectos de contrato y facturación, con indicación de su nombre o razón social, datos de identificación personal que correspondan, dirección postal completa, teléfono y correo electrónico.
c) Datos del espectáculo, donde se deberá especificar, como mínimo, el título, su duración en minutos, el tipo de público al que va dirigido, el número de actores, el nombre del director, el nombre del autor, el género y el estilo al que pertenece, el lugar y fecha de estreno, una breve descripción del espectáculo, las necesidades técnicas y los precios por función impuestos incluidos.
2. La Comisión de profesionales estará formada por:
a) La persona titular del Servicio competente en materia de promoción cultural, que actuará como presidente, las personas titulares de los órganos periféricos competentes, y tres personas nombradas por el titular del órgano directivo central competente en materia de políticas culturales, entre el personal que presta sus servicios en el mismo, actuando una de ellas en calidad de secretario.
b) Seis personas en representación de las entidades integradas en los Circuitos Escénicos de Castilla y León: Dos en representación de las Diputaciones Provinciales y cuatro en representación del resto de entidades integradas, a los que se les aplicará un sistema rotatorio a los efectos de formar parte de la Comisión. Los representantes serán propuestos por las mencionadas entidades y actuarán como tales durante un periodo de un año.
3. Para realizar la preselección se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Calidad de los espectáculos de artes escénicas y musicales.
b) Trayectoria de la compañía o grupo.
c) Diversidad de categorías: teatro adulto, teatro infantil, música, danza, etc.
d) Vinculación cultural con la Comunidad de Castilla y León.
