Articulo 11 TR. de la Ley de la Escuela Pública Vasca
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»Artículo 11.
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Las potestades de los poderes públicos están orientadas, en la escuela pública vasca, a la realización efectiva del derecho a la educación, y en particular a la posibilidad de acceso a la escolarización y a la culminación con éxito del proceso educativo.
